NOS ENCARGAMOS DE TRAMITAR LAS AYUDAS ECONÓMICAS
Además del estado de tu familiar, sabemos que hay trámites que pueden suponer una preocupación añadida.
Nuestros trabajadores sociales estudiarán tu caso de manera personalizada, valorando tu situación económica y familiar y te ayudarán en la gestión de prestaciones sociales económicas, ofrecidas por la Ley de Dependencia.
¿QUÉ VENTAJAS TIENE FRENTE A OTRAS PRESTACIONES?
- Es de libre elección: Te permite elegir libremente el centro donde quieres que tu familiar sea atendido.
- Más oferta: Genera una nueva oferta privada de servicios sociales, cumpliendo con el espíritu de la Ley de Dependencia.
- Garantiza la calidad en la atención, ya que el centro no sólo tiene que estar autorizado por la Comunidad de Madrid, sino que debe adherirse al sistema.
- Elemento de Comunicación: A través del diseño del cheque, el ciudadano identifica mejor en qué consiste la prestación vinculada al servicio y dónde puede utilizarla.
- Carácter retroactivo de la ayuda: La prestación económica vinculada al servicio es la única prestación de la Ley de la Dependencia que se abona al usuario con carácter retroactivo, desde el día de ingreso en el centro o la concesión de la ayuda, según lo que ocurra con anterioridad.
¿QUÉ DEBES HACER PARA PERCIBIR LA PRESTACIÓN?
1. Solicita el reconocimiento de la situación de dependencia. La persona reconocida en situación de dependencia recibirá la Resolución de reconocimiento de la Prestación Vinculada al Servicio.
2. Dirígete al centro de la prestación. Una vez hecho el paso 1, deberás dirigirte al centro de la prestación, en la aplicación correspondiente.
3. Serás dado de alta. Acto seguido, el centro dará de alta al beneficiario de la prestación, en la aplicación correspondiente.
4. Confirmación de los cheques. El propio centro confirma a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia los cheques con el gasto realizado.
5. La ayuda es aprobada por la Comunidad de Madrid.
6. Ingresos en tu cuenta corriente. Comienzan entonces los ingresos en la cuenta corriente del solicitante por el total de la prestación concedida.
7. En todo momento hay que justificar y comunicar los gastos de cada usuario, tarea que realizará el propio centro.
Infórmate sobre nuestros Cheques Servicio
Cuantías de las prestaciones del Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid:
GRADOS | Cuantía Máxima €/mes | Cuantía Mínima €/mes |
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GRADO I | 445, 30 € | 313,50 € |
GRADO II | 445,30 € | 313,50 € |
GRADO III | 747,25 € | 448,35 € |